ALCER Giralda ha tenido conocimiento de información relevante de la Dirección General de Tráfico, en relación a nuestro colectivo de personas con enfermedad renal.
Se trata del Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo en el cual la Dirección General de Tráfico (DGT) recoge una lista de enfermedades con las que será imprescindible presentar “un informe favorable” del médico especialista para poder llevar a cabo la adquisición o renovación del carnet de conducir.
En sus apartados aparecen las enfermedades, trastornos o deficiencias que impiden la renovación del permiso de circulación. Sin dicho informe ningún Centro de Reconocimiento de Conductores podrá realizar la tramitación.
En el caso de la enfermedad renal crónica:
- Nefropatía con diálisis: con informe favorable se le dará entre 1 y 10 años. Informe desfavorable, no apto.
- Trasplante renal: las/os receptores solo podrán renovar el carnet de conducir con un informe favorable de nefrología, y si han transcurrido más de seis mes del trasplante y no han habido problemas posteriores.
Más información consultando el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo.